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Franquicia tributaria SENCE: Qué es, y cómo acceder a los beneficios

La Franquicia Tributaria entregada por el SENCE a las empresas, busca incentivar el desarrollo de competencias en los colaboradores, a través de capacitaciones, con el propósito de perfeccionar los conocimientos y habilidades, obteniendo de este modo beneficios que se traducen en equipos preparados para competir en el mercado incrementando la productividad nacional.

¿En qué consiste el beneficio entregado por el SENCE?


Los beneficios tributarios SENCE, consiste en un incentivo tributario establecido por la Ley N° 19.518, que entrega a las empresas clasificadas por el Servicio de Impuestos Internos como Contribuyente de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la renta a pagar anualmente, hasta la concurrencia del 1% de la planilla anual de remuneraciones del conjunto de trabajadores, extrabajadores y potenciales trabajadores con los alcances, límites, y montos que establece la mencionada ley, la posibilidad de recibir capacitaciones en distintos institutos a lo largo del país.


¿Cómo acceder a los beneficios? - Requisitos para hacer uso de la Franquicia El Estado aporta financieramente programas de capacitación, evaluación y certificación de competencias laborales. Para que la organización se acoja al beneficio de rebaja del impuesto a la renta a pagar cada año, el contribuyente debe presentar una planilla anual de remuneraciones que sea igual o superior a 45 U.T.M. ($ 2.406.420 a noviembre 2021) con esto obtendrán una reducción del impuesto de nueve U.T.M. ($ 481.284a noviembre 2021). Para cumplir con los requisitos, basta con ser clasificado como contribuyente de Primera Categoría, entre otros. Toda empresa que cumpla con estos requisitos, podrá beneficiar a sus colaboradores accediendo a cursos de capacitación subvencionados por el Estado. Para conocer más de este beneficio, revisemos algunas características con las cuales tu empresa podrá obtener una franquicia tributaria. Reajustabilidad de los Desembolsos Es importante destacar la reajustabilidad de los desembolsos por capacitación, es decir, que para los fines de determinar el monto del crédito por gastos del programa, los costes que sean pagados durante el ejercicio, tienen que reajustarse en la forma en que se actualizan los pagos provisionales mensuales. Dicho reajuste sólo se aplica a la parte de los gastos de capacitación que den origen o derecho al crédito y no a la parte que excede de dicho crédito.

Costos que pueden imputarse a la Franquicia De acuerdo a la ley, existen dos casos en que los gastos efectuados para el financiamiento de programas de capacitación sólo pueden aprovecharse parcialmente como crédito contra el impuesto de Primera Categoría, debiendo la empresa, en tal escenario, considerar la diferencia de los costos de los programas como un gasto necesario. En el primer caso, encontramos que la referida norma prescribe que las empresas deberán soportar, en un caso, el 50% de los gastos de capacitación cuando ésta fuera impartida a trabajadores cuyas remuneraciones individuales mensuales excedan las 25 U.T.M. ($ 1.336.900 a noviembre 2021) y no superen las 50 U.T.M., ($ 2.673.800 a noviembre 2021).

Y en el segundo caso, es el 85% de los costos de capacitación, cuando ésta hubiere sido impartida a trabajadores cuyas remuneraciones individuales mensuales superen las 50 U.T.M. Por último, el 50% y/o el 15% restante de los referidos gastos, siempre y cuando estén debidamente reajustados, pueden ser descontados como crédito del impuesto de Primera Categoría de la empresa. Quienes pueden acogerse a la Franquicia entre otros. Según la Ley Nº 19.518, sobre Estatuto de Capacitación, los contribuyentes que tienen derecho al crédito por gastos de capacitación, son los de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.


Destacar que para acceder al beneficio, solo se requiere que el contribuyente se encuentre clasificado en la Primera Categoría de la Ley de la Renta, y declare el tributo de dicha categoría en base a la renta efectiva mediante contabilidad completa o simplificada o declare acogido a un régimen de renta presunta.


Respecto al colaborador que puede ser parte de la capacitación, son personas naturales y socios de la organización, así como también empresas unipersonales, y sociedades de personas acogidas a renta efectiva o presunta. Es posible aumentar la productividad nacional, con los incentivos necesarios entregados por el Estado, tal como lo hacen a través de la ley 19.518, o la ley que busca aumentar las competencias laborales de los trabajadores.


Para informarse más sobre las franquicias SENCE, funcionamiento, así como cualquier duda que presente, puede dirigirse al sitio web del SII, menú Renta, a la sección Servicios online, en la opción Ayudas, y solicitar más información. Así como también en el sitio web del Servicio,

En The Language Co. contamos con la enseñanza de profesores especializados y capacitados para preparar al equipo humano de tu empresa. Asimismo, como Organismo Técnico de Capacitación (OTEC), todos nuestros programas cuentan con código Sence. Te invitamos a conocer más de las opciones de capacitación que podemos entregar a tu equipo.

¡Hablemos!

Llámanos al +56 2 23720200 o escríbenos a info@language.cl


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